OPINIÓ
De justicia
ANA ROCA. Vicepresidenta de Metges de Catalunya (MC) y delegada sindical en la Gerencia Territorial Metropolitana Sur del ICS
Casi un año después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarara el brote de COVID-19 como pandemia, se ha hecho justicia con los sanitarios que están luchando contra el coronavirus. La reivindicación constante del colectivo para que se reconociera legalmente la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV-2 como enfermedad profesional ha fructificado.
El gobierno español ha aprobado, recientemente, un decreto que permite a los profesionales contagiados de centros sanitarios y sociosanitarios tener una cobertura de prestaciones, por parte de la Seguridad Social, de las secuelas derivadas de la COVID-19 durante toda su vida. Hasta ahora, el contagio se consideraba una contingencia profesional derivada de un accidente de trabajo que limitaba la protección a un máximo de cinco años.
La norma tiene carácter retroactivo desde el 11 de marzo de 2020, cuando se declaró la pandemia, hasta que las autoridades levanten todas las medidas preventivas para afrontar la actual emergencia sanitaria.
Si bien se trata de un avance justo y merecido, ahora habrá que seguir luchando para superar esta limitación temporal y conseguir que la COVID-19 se incluya de manera permanente en el catálogo de enfermedades profesionales, vigente desde 2006. Solo así, esta mayor protección a los sanitarios también será efectiva, si el virus SARS-CoV-2 se mantiene como una enfermedad prevalente en el futuro, una vez superada la fase pandémica.
Casi un año después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarara el brote de COVID-19 como pandemia, se ha hecho justicia con los sanitarios que están luchando contra el coronavirus. La reivindicación constante del colectivo para que se reconociera legalmente la enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV-2 como enfermedad profesional ha fructificado.
El gobierno español ha aprobado, recientemente, un decreto que permite a los profesionales contagiados de centros sanitarios y sociosanitarios tener una cobertura de prestaciones, por parte de la Seguridad Social, de las secuelas derivadas de la COVID-19 durante toda su vida. Hasta ahora, el contagio se consideraba una contingencia profesional derivada de un accidente de trabajo que limitaba la protección a un máximo de cinco años.
La norma tiene carácter retroactivo desde el 11 de marzo de 2020, cuando se declaró la pandemia, hasta que las autoridades levanten todas las medidas preventivas para afrontar la actual emergencia sanitaria.
Si bien se trata de un avance justo y merecido, ahora habrá que seguir luchando para superar esta limitación temporal y conseguir que la COVID-19 se incluya de manera permanente en el catálogo de enfermedades profesionales, vigente desde 2006. Solo así, esta mayor protección a los sanitarios también será efectiva, si el virus SARS-CoV-2 se mantiene como una enfermedad prevalente en el futuro, una vez superada la fase pandémica.
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